Los Concejos Vecinales son organizaciones sociales, privadas y autónomas, integradas por vecinas y vecinos. Están regulados por la Junta Departamental de Montevideo y reconocidos por el gobierno departamental y los gobiernos municipales. Cada Concejo Vecinal tiene entre 15 y 40 miembros.
Las y los concejales trabajan honorariamente, son portavoces del barrio que se encargan de exponer propuestas, necesidades y demandas ante las autoridades municipales, departamentales y nacionales.
Requisitos
- Ser mayor de 16 años y acreditar haber participado de una jornada de información que se dictará en los CCZ.
- Pertenecer al barrio; tener residencia personal, laboral o social.
- Presentarse respaldado por nota de una institución u organización social o por firma de 20 vecinos y vecinas residentes de la zona.
Los candidatos presentados por una institución u organización no podrán ser más de dos en cada caso, y deberán hacerlo con una nota que dé su respaldo. Las personas que se postulen a nivel individual deberán adjuntar la firma de 20 vecinas y/o vecinos que acrediten su residencia en la zona.
Además, al momento de la inscripción se debe presentar fotocopia de Cédula de Identidad y constancia de domicilio.
¿Cuáles son los cometidos de los Concejos Vecinales?
- Derecho de iniciativa y capacidad de propuestas en planes, proyectos y programas de interés local.
- Asesoramiento al gobierno departamental y municipal.
- Colaboración en la gestión nacional, departamental y municipal.
- Organización, promoción y desarrollo de actividades de interés local y participación en la evaluación de la gestión.
- Actúan como agentes de desarrollo en sus territorios, construyendo una visión integral del mismo, y promueven la articulación de diversos actores sociales, deportivos, religiosos, culturales, sindicales, entre otros.
¿Cómo funcionan los Concejos Vecinales?
Los Concejos funcionan a través de dos órganos: el Plenario, que es el órgano máximo, y la Mesa Ejecutiva, que se encarga de llevar a cabo lo resuelto en el Plenario.
Existen además en el Concejo las Comisiones Permanentes que tienen cometidos específicos y son creadas en el Plenario. Los Plenarios y las Comisiones Permanentes del Concejo Vecinal son públicos. Los titulares tendrán voz y voto, mientras que el resto de los participantes no podrán votar pero sí hacer uso de la palabra, siempre y cuando el Concejo Vecinal lo tenga así definido.
¿Dónde y hasta cuándo puedo postularme para la elección de Concejos Vecinales?
Te podés postular en los CCZ del Municipio, de lunes a viernes de 10 a 16 horas, hasta el viernes 2 de setiembre.
- CCZ 6 - Dirección: Asilo 3579. Teléfono: 1950 7006
- CCZ 7 - Dirección: Aconcagua 5062. Teléfono: 1950 7007
- CCZ 8 - Dirección: Av. Bolivia s/nº - Estadio Charrúa. Teléfonos: 1950 7008 - 1950 7320
¿Qué barrios comprende cada Concejo Vecinal?
- Concejo Vecinal 6: Malvín Norte, Unión y Blanqueada (Este).
- Concejo Vecinal 7: Buceo, Malvín Nuevo, Malvín y Punta Gorda.
- Concejo Vecinal 8: Carrasco Sur, Carrasco Norte, La Cruz de Carrasco, Ideal, Fortuna, Punta Gorda.
Descargá el formulario de inscripción.
Por mayor información comunicarse al mail concejosvecinales2016@gmail.com