En Montevideo, la normativa sobre la Descentralización Política y Participación Ciudadana está delimitada por la Ley Nº 19.272, promulgada el 18 de setiembre de 2014.
El primer artículo de esta ley expresa que de acuerdo con lo previsto por los artículos 262, 287 y disposición transitoria Y) de la Constitución de la República, habrá una autoridad local que se denominará Municipio, configurando un tercer nivel de Gobierno y de Administración".
Los decretos departamentales reglamentan el modo de funcionamiento, y especifican cometidos, competencias y atribuciones.
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